¿En qué casos no hay plan de pagos y el BEPI es directamente definitivo?
Cuando el cliente salva su vivienda en la Ley de Segunda Oportunidad, ¿qué ocurre con el BEPI y el plan de pagos?
¿Cómo se calcula, de forma orientativa, la base para el plan de pagos mensual del deudor?
Según lo explicado, ¿Cuánto se puede cancelar, como máximo, de deuda pública en la LSO a día de hoy?
Si tras la LSO quedan 5.000 € de deuda con Hacienda, ¿Qué solución plantea el despacho?